viernes, 30 de septiembre de 2011

PROTECCIÓN SOCIAL


Protección social
Ø CARACTERÍSTICAS:
  • Definición de protección social:
La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios necesarios para el bienestar individual y colectivo.

·       Niveles:
Las prestaciones de la Seguridad Social pueden ser de  tres tipos:


Tienen derecho a percibirlas aquellas personas que hayan estado cotizando a la Seguridad Social durante su etapa de actividad laboral.
Se clasifican, a su vez, en subsidios o prestaciones económicas de carácter temporal -incapacidad temporal y desempleo- y las pensiones de jubilación, invalidez, viudedad y orfandad.

Nivel no contributivo
 Responden a una exigencia de solidaridad y su financiación se realiza mediante transferencias de los Presupuestos Generales del Estado a la Seguridad Social.

Nivel complementario:
Su cobertura es voluntaria y la contratación es libre. Está constituido  por las Entidades de Previsión Social y los Fondos de Pensiones y el contenido prestacional está constituido por prestaciones asistenciales y económicas.


·       Beneficiarios:
 En la modalidad contributiva: los españoles que residan en España y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional:
  • Trabajadores por cuenta ajena (que, por norma general, suelen encuadrarse en el Régimen General).
  • Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • Socios trabajadores de las cooperativas de Trabajo Asociado.
  • Estudiantes.
  • Funcionarios.
En la modalidad no contributiva: estarán comprendidos los españoles que residan en España.


Ø OBLIGACIONES PARA LA PRESTACIÓN:
Una de las obligaciones entre otras que debe de tener el trabajador es:

·       AFILIACIÓN:
 Es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce  inclusión en el Sistema de Seguridad Social a la persona física que por primera vez, realiza una actividad laboral.
Los solicitantes pueden ser los siguientes:
·       Trabajadores por cuenta ajena
·       Trabajadores por cuenta propia o autónomos
·       Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
·       Estudiantes
·       Funcionarios públicos, civiles o militares
Toda persona que vaya a iniciar una actividad laboral en el Sistema de la Seguridad Social deberá solicitar un número de afiliación.
Ø CARACTERÍSTICAS:
·       Es obligatoria para las personas incluidas en el Sistema a efectos de derechos y obligaciones en su modalidad contributiva.
·       Es única y general para todos los Regímenes del Sistema.
·       Se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el Sistema.
·       Es exclusiva.
La solicitud de Afiliación se formula en el modelo TA.1 "Solicitud de Afiliación/Número de Seguridad Social" .



·       ALTAS Y BAJAS:
Las altas y bajas son actos administrativos por los que se constituye la relación jurídica de Seguridad Social.
Las altas y bajas, iniciales o sucesivas, han de reflejar formalmente la vida laboral de la persona.







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