Protección social
Ø CARACTERÍSTICAS:
- Definición de protección social:
La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios necesarios para el bienestar individual y colectivo.
· Niveles:
Las prestaciones de la Seguridad Social pueden ser de tres tipos:
Tienen derecho a percibirlas aquellas personas que hayan estado cotizando a la Seguridad Social durante su etapa de actividad laboral.
Se clasifican, a su vez, en subsidios o prestaciones económicas de carácter temporal -incapacidad temporal y desempleo- y las pensiones de jubilación, invalidez, viudedad y orfandad.
Nivel no contributivo
Responden a una exigencia de solidaridad y su financiación se realiza mediante transferencias de los Presupuestos Generales del Estado a la Seguridad Social.
Nivel complementario:
Su cobertura es voluntaria y la contratación es libre. Está constituido por las Entidades de Previsión Social y los Fondos de Pensiones y el contenido prestacional está constituido por prestaciones asistenciales y económicas.
· Beneficiarios:
En la modalidad contributiva: los españoles que residan en España y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional:
- Trabajadores por cuenta ajena (que, por norma general, suelen encuadrarse en el Régimen General).
- Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- Socios trabajadores de las cooperativas de Trabajo Asociado.
- Estudiantes.
- Funcionarios.
Ø OBLIGACIONES PARA LA PRESTACIÓN:
Una de las obligaciones entre otras que debe de tener el trabajador es:
· AFILIACIÓN:
Es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce inclusión en el Sistema de Seguridad Social a la persona física que por primera vez, realiza una actividad laboral.
Los solicitantes pueden ser los siguientes:
· Trabajadores por cuenta ajena
· Trabajadores por cuenta propia o autónomos
· Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
· Estudiantes
· Funcionarios públicos, civiles o militares
Toda persona que vaya a iniciar una actividad laboral en el Sistema de la Seguridad Social deberá solicitar un número de afiliación.
Ø CARACTERÍSTICAS:
· Es obligatoria para las personas incluidas en el Sistema a efectos de derechos y obligaciones en su modalidad contributiva.
· Es única y general para todos los Regímenes del Sistema.
· Se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el Sistema.
· Es exclusiva.
La solicitud de Afiliación se formula en el modelo TA.1 "Solicitud de Afiliación/Número de Seguridad Social" .
Las altas y bajas son actos administrativos por los que se constituye la relación jurídica de Seguridad Social.
Las altas y bajas, iniciales o sucesivas, han de reflejar formalmente la vida laboral de la persona.
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