viernes, 30 de septiembre de 2011

BASE REGULADORA POR IT

     Todo trabajador durante su etapa laboral puede contraer una Incapacidad Temporal por las siguientes causas:

Ø Enfermedad Común O Accidente No Laboral :  

La base reguladora será la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior, dividida entre el número de días a que se refiera dicha cotización.
     No obstante, si el trabajador ingresa en la empresa en el mismo mes en que se inicia la incapacidad, se tomará para la base reguladora la base de cotización de dicho mes, dividida por los días efectivamente cotizados.



Ø En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional:



El subsidio asciende al 75% de la base reguladora correspondiente, a partir del día siguiente al de la baja en el trabajo.
Por convenio colectivo puede complementarse el subsidio derivado de IT a cargo de las empresas hasta un determinado porcentaje del salario que el trabajador percibe.. La responsabilidad del pago de este complemento es exigible únicamente a la empresa , sin que exista responsabilidad subsidiaria de la Mutua o el INSS.
 Para identificar una incapaciad temporal podremos dirigirnos al siguiente escrito.

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